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La teta y la bombilla: aviso a navegantes sobre mercurio, lactancia y residuos domésticos peligrosos

Voy a narrar la angustiosa y delirante experiencia que hemos vivido esta semana porque creo que es importante denunciar lo que pasa y porque pienso que va a servir de advertencia para mucha otra gente que tiene bombillas de bajo consumo en sus casas y lugares de trabajo. Lo hago, además, en castellano porque afecta a la negligencia de un servicio público español: el Servicio Nacional de Toxicología (o como se llame ahora); así como a las actuaciones que en su día llevó a cabo el Ministerio español de Industria. De hecho, como se puede comprobar en los documentales que he incluido en este post, es algo que afecta a millones de hogares en toda Europa, a raíz de la antidemocrática y netamente antiecológica medida decidida en las instancias de la UE de prohibir las bombillas incandescentes y promover las bombillas llamadas de bajo consumo.

Día 1 (5 de noviembre)

A primera hora de la mañana mi compañera rompió por accidente una bombilla CFL mientras la intentaba cambiar. Gracias a que habíamos visto no hacía demasiado el reportaje Luz Tóxica El peligro de las bombillas de bajo consumo supo cómo reaccionar y rápidamente se apartó y abrió la ventana del cuarto. Por suerte no estaban los niños en ese momento allí. Repasamos buscando por Internet el protocolo que se aconseja seguir para estas situaciones (contrastando en varias fuentes) y en otras en las que se produce derrame de mercurio, aunque no pudimos realizarlo hasta unas horas después. Para entonces ella ya tenía alguno de los síntomas de exposición aguda a mercurio: cefalea e irritación de garganta.

P1060535Limpiamos e introducimos todos los restos de la bombilla y la ropa de cama que había entrado en contacto directo con los fragmentos desprendidos de la misma, así como los guantes y papel húmedo utilizados en la limpieza y recogida, en una bolsa de plástico y esa a su vez dentro de varias otras, y lo cerramos lo mejor que pudimos. Lo sacamos de casa y en breve, ella lo llevó al Punto Limpio municipal de O Milladoiro, en el ayuntamiento coruñés de Ames. Aparte de los nervios lógicos por la situación, donde comezó realmente lo delirante e indignante fue entonces, cuando en el Punto Limpio el encargado se negó a recoger la bolsa bajo la sorprendente excusa de que él sólo recogía bombillas y no ropa ni otros objetos, por muy impregnados de mercurio que pudiesen estar. Si se encargan de un residuo con mercurio (la bombilla) precisamente porque tiene mercurio (por eso te dicen que las lleves al Punto Limpio y no las tires a la basura, ¿no?), entonces ¿por qué no se quieren encargar de otro residuo que también está contaminado por el mercurio? ¡No tenía sentido! Mi compañera preguntó entonces qué se suponía que debíamos hacer con aquellos restos. La respuesta fue alucinante: ¡tirarlos a la basura! En mi opinión aquello rozaba la prevaricación pues el funcionario municipal (luego me enteré que es un trabajador de una empresa privada encargada por la Xunta el ayuntamiento de la gestión de los Puntos Limpios municipales) nos estaba animando a cometer algo que no sé si entra dentro de la categoría de delito ambiental, pero desde luego es una barbaridad desde el punto de vista ambiental y de salud pública. ¿Qué nos diría cualquier autoridad, o cualquier persona responsable, si tirásemos al medioambiente o incluso a la basura normal una pila? Sin embargo era eso lo que nos estaba diciendo este hombre: que echásemos mercurio a la basura normal, que él no se hacía cargo de recogérnoslo.

Lo que se me ocurrió entonces fue llamar a la policía local, o bien para que actuasen y obligasen a este encargado a cumplir su deber, o bien para que —si en efecto existían esas ilógicas restricciones en la regulación municipal de la recogida de objetos y sustancias en el Punto Limpio— nos indicasen dónde depositar aquella bolsa. Sin embargo la policía local de Ames, tras hablar con el encargado no nos solucionó gran cosa: que no lo iba a recoger y que lo único que nos podían sugerir era llamar al día siguiente por la mañana a la Concejalía de Medioambiente para que nos dijesen qué hacer. Antes de eso incluso nos habían llegado a sugerir dejarle la bolsa allí fuera de la entrada al encargado del Punto Limpio, algo que por supuesto también se nos había pasado a nosotros por la cabeza. Pero dejar algo tan peligroso como el mercurio abandonado en un lugar de acceso público (aunque fuese en un polígono industrial y no en plena calle de un casco urbano) nos parecía irresponsable, así que con lógico cabreo, mi compañera tuvo que volver a la noche de su trabajo acarreando de nuevo la bolsa con los residuos peligros en el coche para casa.

Mientras tanto, aquella misma tarde, me acerqué al centro de salud porque nos dimos cuenta de que quizás la exposición al vapor de mercurio contenido en la bombilla, al estar ella situada por debajo de la bombilla en el momento en que está cascó, podría ser importante, e incluso —lo más angustioso— pasarle a nuestra hija a través de la leche materna. En el centro de salud me atendieron pese a ir sin cita, dado que era algo urgente, pero para mi decepción la doctora que estaba sustituyendo a nuestro médico de cabecera no le dio la más mínima importancia. Según ella el mercurio contenido en una bombilla de ese tipo es demasiado poco como para causar problemas. Pero eso es claramente falso —en mi lega opinión— ya que contienen habitualmente entre 3 y 5 mg de Hg, que en el caso de ser inhalados en su totalidad significarían exponerse a dosis potenciales de Hg en sangre de 1.000 ng/ml, es decir, 200 veces más de lo que en la normativa estadounidense están obligados los laboratorios clínicos a reportar al gobierno, y más de 30 veces los niveles en la sangre de las madres que se ha demostrado que puede causar problemas a los lactantes). El pediatra Jesús Garrido, en amable respuesta a mi consulta sobre el caso, me explica que efectivamente: «El mercurio circulante en sangre pasa por el pecho, pero la gran mayoría es captado por el tejido graso y se libera después poco a poco, especialmente si se adelgaza con rapidez.» Es decir, existen riesgos constatadísimos por la medicina de la exposición a mercurio, incluso en el caso de las cantidades contenidas en las bombillas, y existe la posibilidad de que si la expuesta es una madre lactando, pasen al o la lactante.

Desconozco cuánto vapor pudo ella inhalar, ni de lo inhalado cuánto puede pasar a la sangre (al parecer es el 80%), pero está demostrado que el mercurio en la sangre de las madres pasa a la leche y de ahí, obviamente, a los niños, especialmente sensibles a los efectos tóxicos de este metal pesado. Según la doctora de nuestro centro de salud, el hecho de que sufriese síntomas como el dolor de cabeza no debía llevarnos a pensar que el mercurio estuviese presente en el plasma sanguíneo (?!), y simplemente lo que debía hacer era «vigilarse por si le continuaban los síntomas». Pretendía hacerme creer que si le dolía la cabeza no era porque tuviese el mercurio en sangre y me lo comparaba con intoxicaciones por respirar vapores de sosa cáustica, un tóxico totalmente diferente y que no queda acumulado en el organismo ni se trasmite a la leche materna —que yo sepa—, como sí es el caso de los metales pesados. Por tanto no consideró que hubiese que hacerle análisis pese a las recomendaciones que había visto yo en Internet, en hojas de seguridad laboral: las madres que sufran una exposición al mercurio deberían consultar con el médico si suspender la lactación, y realizar un análisis de sangre dentro de los 3 primeros días (después de ese periodo el mercurio de las exposiciones puntuales por lo visto no aparece en sangre, y quizás hubiese que hacer uno de orina).

Como no salí satisfecho del ambulatorio, al llegar a casa busqué el teléfono de lo que se llamaba antes Servicio Nacional de Toxicología (91 562 04 20) y llamé. El médico de guardia que me atendió conocía, como era lógico, el problema de este tipo de bombillas y me preguntó cómo habíamos procedido a la recogida de los restos. Sin embargo pareció un tanto descolocado cuando le consulté nuestra duda acerca de la conveniencia de realizar un análisis de sangre por el temor a pasarlo, vía leche materna, a la niña. Tras un rato buscando en algunha base de datos, sentí cómo desconectaba el micro, obviamente para ir a preguntarle a alguna otra persona. Al cabo de breves instantes lo volvió a conectar para decirme literalmente: «Oiga? Mire, no pasa nada. Con el mercurio no pasa nada. Aunque sea ingerido… Se puede usted comer el mercurio de un termómetro que no le pasa nada.« Me quedé tan sorprendido por la barbaridad que me acaba de decir nada menos que un médico que atiende un servicio de emergencias toxicológicas, que simplemente le dije: «Vale… gracias» y colgué.

Es decir, intentando buscar una fuente médica y oficial más fiable, me encontré justo con lo contrario: con alguien que no sólo no parecía tener idea de lactancia sino que en realidad tampoco acerca de los efectos del mercurio para la salud, en la línea de lo que nos había sucedido con la doctora en el centro de salud local.

El cúmulo de todo esto es kafkiano: una potencial bomba de veneno lista para estallarle en la cabeza a cualquiera de los miembros de la familia, instalada en millones de hogares gracias al apoyo de gobiernos e incluso ONGs que vendían las maravillas ecológicas de las bombillas de bajo consumo (y alta toxicidad, deberían añadir); un gobierno local que aparentemente no quiere saber nada de los restos de mercurio en sus Puntos Limpios y cuyos funcionarios responsables animan a la gente a tirarlos fuera de control, y por tanto a contaminar gravemente el medio ambiente (el mercurio contenido en una bombilla corriente de este tipo basta para contaminar entre 3.000 y 5.000 litros de agua); médicos pagados por todos que desconocen los riesgos del mercurio y que trasmiten delirantes valoraciones («Se puede usted comer el mercurio del termómetro»). En definitiva, vivimos expuestos a riesgos absolutamente innecesarios y excesivos, con total desconocimiento o falta de comprensión (la mayoría de la gente a quien le rompe una bombilla acaba chupando y extendiendo el mercurio a toda su familia y a la gente con la que tiene contacto, y arrojando en cualquier lado los restos, obviamente también contaminados), y aún por añadidura cuando somos conscientes de ellos, los agentes del Estado nos dan instrucciones irresponsables y peligrosas, justo lo contrario de lo que se suponen deben hacer: protegernos. ¡En manos de quén estamos, Dios mío!

Día 2 (6 de noviembre)

Hoy llamamos, como nos indicó la policía local, a medioambiente del ayuntamiento. La técnica municipal fue muy atenta y nos dio todo tipo de explicaciones, aunque ningunha solución, lamentablemente. Nos explicó que en situaciones similares que se le habían presentado anteriormente, en las que se trataba de termómetros de mercurio, habían consultado con la Xunta de Galicia y les habían sugerido dos soluciones, un tanto chapuceras o improvisadas, a mi entender: llevarlo a un centro salud a ver si se quieren hacer cargo, o bien meterlo en un bote bien cerrado y opaco e introducirlo en los depósitos destinados a pilas. Esa solución no valía en nuestro caso, al abultar bastante la bolsa con todos los residuos, y la del centro de salud tampoco, obviamente, al no ser ningún tipo de material sanitario, como sería el caso de un termómetro de mercurio.

Según me explicó la técnica municipal (luego descubrí que equivocadamente), la legislación específica no incluía como residuo doméstico las bombillas de mercurio y entraría dentro de residuos especialmente peligrosos, que como si fueran procedentes de una empresa quedaría bajo la responsabilidad del propio particular encargarse de ellos, lo cual me pareció sencillamente aberrante. Es decir, resulta que el gobierno se dedica a estimular (¡¡e incluso regalar!!) un elemento para que lo introduzcamos en nuestros hogares (pese a ser ya conocidos ampliamente sus riesgos desde tiempo atrás) y después, ese elemento se convierte en un residuo peligroso, que contamina otros elementos del hogar, y entonces nos dice que ahí se las apañe usted… pero no me lo tire en el medio ambiente, que entonces está cometiendo un delito ambiental! ¿No es algo inconcebible? Al final, al ciudadano o ciudadana no le queda otra que: o bien cometer una irresponsabilidad social y ambiental y tirarlo en cualquier parte (si va para la basura normal es probable que acabe siendo incinerado o enterrado, es decir, contaminando el aire, el suelo o el agua); o bien buscar una empresa autorizada para gestionar residuos peligrosos y pagarles para que se lo lleven y lo traten (aunque posiblemente acabe incluso en el mismo lugar que si lo tirásemos a la basura), es decir, pagar de nuestro bolsillo algo que en definitiva debería ser responsabilidad del Estado.

Al final parecía que, al no existir ordenanza de residuos en el ayuntamiento de Ames, la técnica poco más podía hacer. Según me explicó ellos entonces tienen que aplicar la normativa más general, en este caso de la Xunta y del gobierno español. Los Puntos Limpios, cuyo convenio de funcionamiento es con la Xunta (eso entendí al menos de mi conversación con la técnica de medioambiente, aunque más tarde descubrí que no es así, sino que es el ayuntamiento quien especifica un pliego para dicho servicio), no especifican sustancias sino productos, y por tanto, cuando el contenido de la bombilla contamina otra serie de elementos que ellos no tienen incluido en su listado de lo que se puede depositar, se lavan las manos al respecto. Tras mi conversación con el ayuntamiento lo único que conseguí fue un teléfono de la Xunta dónde preguntarles qué hacer, aunque no contestaban y tuve que buscar otros por Internet del mismo organismo que atiende cuestiones de residuos.

Por otro lado también buscamos un laboratorio clínico (privado) donde nos pudieran hacer el análisis de sangre para determinar, en primer lugar, el mercurio que hubiera podido absorber mi compañera, pagando —por supuesto— lo que debería habernos hecho la Seguridad Social sin coste alguno para nosotros. ¿Para eso la pagamos? ¿Pagamos también a los funcionarios del Instituto de Toxicología para que nos digan que podemos comer varios gramos de mercurio puro con total tranquilidad? ¡Increíble!

Como resultado de toda esta peripecia angustiosa y kafkiana, espero que al menos salga algo que sirva para concienciar a la población del riesgo con el que conviven y de que, llegado el caso, no van a poder contar con la administración —esa misma administración que los obligó moralmente a meter ese tipo de sustancias en sus casas, sustancias prohibidas a nivel mundial en cualquier otro tipo de producto pero permitidas en las bombillas— para que se haga cargo de su gestión ambiental y sanitariamente correcta. Pienso hacer todo lo que esté a mi alcance para que este caso se conozca y para que se tomen las medidas que se deban tomar, empezando por:

  • Modificar la legislación de residuos domésticos para que quede especificado cómo y quién se debe hacer cargo de los residuos contaminados por mercurio, sean del tipo que fueren, más allá de los restos de la propia bombilla.
  • Alertar a la población del peligro que suponen en caso de rotura (y no sólo, pues también tienen otros riesgos relativos al tipo de luz y a las emisiones sin rotura, tal como se explica en los documentales que incluyo en este post).
  • Idealmente, proceder a la retirada controlada de todas aquellas bombillas ya instaladas, como precaución, y por personal cualificado, y la sustitución gratuita por otras tecnologías no contaminantes y que no generen residuos altamente contaminantes.

Puesto en contacto con el Servizo de Calidade e Avaliación Ambiental (Xefatura territorial da Coruña) de la Xunta de Galicia, parte del SIRGA, me confirmaron lo que ya me venía yo temiendo: habíamos actuado correctamente y a la técnica que me atendió, también muy amable y comprensiva con mi preocupación, le pareció que estábamos haciendo lo correcto y acudiendo al lugar correcto, y me reconoció la gravedad de las contaminaciones por mercurio, sólo que… ese tipo de residuos no se consideraba doméstico y nos veíamos obligados a hacernos cargo nosotros de buscar alguna de las empresas por ellos autorizadas, y pagarles para que se encargasen de los dichosos residuos (más tarde comprobaría que esa consideración de no doméstico no era correcta). Le expresé mi asombro por el hecho de que el Estado no se hiciese cargo y tuviésemos que ser los ciudadanos quienes pagásemos por la correcta disposición de ese residuo, en paradójica aplicación del concepto de quien contamina, paga. Lo jodido del caso es que la mayor parte de la gente no sabe que está contaminando cuando decide depositar ese tipo de restos en un lugar o en otro (vamos, cuando lo tira directamente a la basura cuando no a alguna cuneta, como vemos frecuentemente con las pilas, incluso en arroyos de agua o en tierras cultivadas), y por tanto no paga. Y somos los pocos conscientes de que eso que estamos haciendo es contaminante… ¡los únicos que pagamos! Me parece increíble y sobre todo me indigna porque el Estado nos engañó como a bellacos diciéndonos que eran ecológicas e incluso regalándonoslas (regalo envenenado donde los haya): si son tan ecológicas, ¿por qué no se hacen cargo de retirármelas y, en cambio, me hacen pagar a unha empresa privada para deshacerme correctamente de ellas? (ya por no hablar del tema médico de negar la peligrosidad en los servicios públicos de salud) ¡Manda huevos, como decía el otro! ¡Menuda estafa!

Esta funcionaria me aconsejó hablar con la jefa del servicio para consultar con ella y expresarle mi indignación, aunque me advirtió de que me iba a exponer lo mismo que ella. No sabía si serviría de algo, pero desde luego si no protestamos las cosas no van a cambiar, y si hace falta adaptar la legislación habrá que hacerlo. Así que llamé.

La Sra. Luisa Fernanda Pérez, jefa de servicio en esta área de la Consellería de Medioambiente, también con suma amabilidad, me aclaró por fin la cuestión clave de quién se tiene que hacer cargo de este tipo de residuos. Según me explicó, la ley 22/2011 de residuos define los domésticos o domiciliarios como aquellos que tienen su origen en los hogares particulares, sean peligrosos o no —y me mencionó otros cuantos tóxicos habituales en los domicilios, aparte del mercurio— y que era responsabilidad de los ayuntamientos encargarse de ellos. Copio aquí la definición de la Ley:

b) «Residuos domésticos»: residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los similares a los anteriores generados en servicios e industrias.
Se incluyen también en esta categoría los residuos que se generan en los hogares de
aparatos eléctricos y electrónicos, ropa, pilas, acumuladores, muebles y enseres así
como los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y
reparación domiciliaria.
Tendrán la consideración de residuos domésticos los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados.

Me daba la razón en el hecho de que un particular no debe verse obligado a contratar a una empresa de gestión de residuos como si fuese una empresa contaminadora, pero que de hecho sabían que era habitual este echar balones fuera de diversos ayuntamientos. Además, me explicó que los Puntos Limpios deben tener un depósito específico para residuos peligrosos y que era ahí donde se debería depositar nuestra famosa bolsa. Además, al contrario de lo que me había trasmitido la técnica municipal, es función de los ayuntamientos la gestión de dichos Puntos Limpios, y la Xunta se limita a construirlos. En el caso del ayuntamiento de Ames encuentro referencias a un contrato con la misma empresa que limpia las calles: URBASER, S.A. Parece lógico pensar que es en dicho contrato donde se debe especificar qué residuos deben aceptarse en el Punto Limpio gestionado por dicha empresa.

Efectivamente, comprobamos en el ar. 12.5 de la citada ley que:

Corresponde a las Entidades Locales, o a las Diputaciones Forales cuando
proceda:
a) Como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios en la forma en que establezcan sus respectivas ordenanzas en el marco jurídico de lo establecido en esta Ley, de las que en su caso dicten las Comunidades Autónomas y de la normativa sectorial en materia de responsabilidad ampliada del productor. La prestación de este servicio corresponde a los municipios que podrán llevarla a cabo de forma independiente o asociada.

En el punto 12.c.3 indican que podrán, eso sí:

3º) A través de sus ordenanzas, obligar al productor o a otro poseedor de residuos peligrosos domésticos o de residuos cuyas características dificultan su gestión a que adopten medidas para eliminar o reducir dichas características o a que los depositen en la forma y lugar adecuados.

Es decir, podrán decirme cómo tengo que hacerlo, pero tendrán que hacerse cargo de su recogida en cualquier caso. De todos modos, como se indica que habrá que hacerlo a través de las ordenanzas y en mi ayuntamiento ya me han dicho que no tienen, entiendo yo que tampoco podrían ponerme ninguna pega (ni multa) sobre la forma y lugar donde los deposite.

Pero continuemos leyendo en la ley lo que viene al caso. Art. 17.8:

La responsabilidad de los productores u otros poseedores iniciales de residuos domésticos y comerciales, concluye, cuando los hayan entregado en los términos previstos en las ordenanzas locales y en el resto de la normativa aplicable.

El art. 19 no entiendo muy bien qué quiere decir o cómo sería su aplicación en nuestro caso:

Artículo 19. Residuos domésticos peligrosos.
A las fracciones separadas de residuos peligrosos generados en los hogares no les
serán de aplicación las obligaciones derivadas de su consideración como residuos
peligrosos hasta que no sean aceptadas por una entidad o empresa registrada para su
recogida o tratamiento.

En primer lugar la ley dice que quien los debe recoger es el ayuntamiento así que no entiendo eso de que «hasta que no sean aceptadas por una empresa registrada». ¿Se supone que el ayuntamiento debe encargarle a una empresa registrada que los recoja?

Mientras tanto ¿a quién no se le aplican esas obligaciones? ¿Al ciudadano? ¿Al ayuntamiento? Es un tanto confuso ese breve artículo, aunque parece absolutamente pertinente a casos como el del mercurio en el hogar.

Art. 21.4:

4. Las Entidades Locales habilitarán espacios, establecerán instrumentos o medidas para la recogida separada de residuos domésticos y en su caso, comerciales a los que es preciso dar una gestión diferenciada bien por su peligrosidad, para facilitar su reciclado o para preparar los residuos para su reutilización.

Art. 46.2.c (infracciones muy graves – desde 300.001 euros hasta 1.750.000 euros):

El abandono, vertido o eliminación incontrolados de residuos peligrosos.

(O sea, ¿lo que nos indicaba el señor del Punto Limpio?)

(infracciones graves – desde 9.001 euros hasta 300.000 euros):

La falta de etiquetado, el etiquetado incorrecto o parcial de los envases que contengan residuos peligrosos.

O sea: ¿que tenemos que etiquetar conforme a unas determinadas normas la bolsa de marras o nos exponemos a una multa? O ¿se aplica el art. 19 y no es cosa nuestra sino de la empresa autorizada? Otra cuestión que no queda clara, pero que podría ser importante. De todos modos no cuesta mucho —si los conocemos, claro está!… algo que no todo el mundo tiene por qué saber— poner los símbolos de riesgo químico.

Bien, una vez sabido esto lo siguiente que decidimos intentar fue lo de entregarlo de nuevo en el Punto Limpio pero especificándoles lo comentado por la jefa de servicio del SIRGa: que lo debían depositar en un supuesto contenedor de residuos peligrosos. Antes de andar de nuevo con la bolsa en el coche para adelante y para atrás, se nos ocurrió llamar para comprobar si tenían efectivamente ese tipo de contenedor. Su respuesta fue negativa: «Ni lo tenemos ni creo que lo tenga ningún Punto Limpio en Galicia». Entonces ¿por qué en el SIRGa nos indicaron que ese debía ser su destino? ¿Tan mal conocen el funcionamiento de los Puntos Limpios? Me extraña…

En cualquier caso lo que queda claro es que es el ayuntamiento quien nos debe recoger los residuos contaminados por mercurio, y por tanto nuestra decisión fue llevárselos allí mismo, a las dependencias municipales y denunciarlo a los grupos de la oposición para ver si al menos servía para que se corrigiese el funcionamiento del Punto Limpio y se dotase el ayuntamiento de una ordenanza municipal que recogiese este caso, por desgracia seguramente cada día más frecuente, de rotura de bombillas y contaminación por mercurio, en paralelo a una acción de concienciación social de la ciudadanía acerca de este importantísimo riesgo doméstico.

Día 3 (7 de noviembre)

A lo largo de este día preparamos la puesta en práctica de la decisión de, a partir de lo averiguado el día anterior, actuar según la legislación y llevar estos residuos a las propias instalaciones del ayuntamiento, ya que en el Punto Limpio —que se supone está contratado y pagado por ellos para esto, es decir, por los impuestos de los ciudadanos— no querían recogerlo.

Además mi compañera fue a hacerse un análisis de sangre a un laboratorio clínico privado, pagando de su bolsillo, para saber el nivel de mercurio que tenía tras la exposición al mercurio de la bombilla rota y en función de eso, poder evaluar si había peligro en continuar la lactancia, aunque sabíamos que la mayor parte del mercurio en cualquier caso habría pasado ya (primeras 24 h) a la niña.

Al día siguiente, llevaríamos la bolsa, convenientemente etiquetada, al ayuntamiento. Convocamos a la prensa local, gallega y corresponsalías de medios españoles en Galicia, para que conociesen el caso y contribuyesen a la función de alertar a la población sobre algo que le podría suceder a cualquiera que tenga una bombilla de estas en casa; y por supuesto también para que la denuncia de la indefinición e irresponsabilidad en la gestión de estos residuos en los ayuntamientos contribuya a su solución, mediante ordenanzas municipales adecuadas que recojan la obvia posibilidad de residuos tóxicos mezclados y no obliguen a los ciudadanos a exponerse a riesgos innecesarios, que deberían ser gestionados por empresas especializadas y profesionales convenientemente formados y protegidos. El resultado de todo esto debiera ser menos mercurio en nuestra sangre, en la leche de las madres, en el cerebro de nuestros niños y en las aguas y suelos de los que bebemos y nos alimentamos.

La instancia que preparé para entregar junto con la bolsa de residuos con mercurio decía:

D. Manuel Casal Lodeiro (…)

EXPÓN

  1. Que lle rompeu o día 05/11/2013 no seu domicilio unha bombilla de tipo C.F.L. (ou «de baixo consumo»).
  2. Que sendo conscientes do perigo derivado do mecurio contido neste tipo de bombillas, procederon en casa a retirar os restos da bombilla así como todos os obxectos que puideran ter sido contaminados polo mercurio e introducilos nunha bolsa, tal como recomenda a E.P.A. dos EUA ou a H.P.A. do Reino Unido
  3. Que no Punto Limpo do Milladoiro non quixeron recollerlles a bolsa (día 05/11/2013).
  4. Que na área de medioambiente do concello o remitiron á Xunta de Galicia para saber qué facer coa bolsa de residuos, cousa que fixo falando con responsables do S.I.R.Ga.
  5. Que no SIRGa lle indicaron que era o concello quen se debía facer cargo, en cumprimento da Lei de Residuos (22/2011), cousa que comprobou o interesado consultando esa lei.

SOLICITA:


  1. Que o concello se faga cargo da devandita bolsa de residuos, a cal entrega xunto con este escrito, convintemente identificada cos signos de risco tóxico e risco ambiental, para que proceda ao seu correcto tratamento, en aplicación do art. 12.5 da lei 22/2011.
  2. Que o concello curse orde á empresa encargada da xestión do Punto Limpo para que acepte este tipo de residuos, que poden vir mesturados como resultado dunha recollida e limpeza conforme aos protocolos oficiais recomendados polas axencias de protección da saúde e ambiental.
  3. Que se desenvolva xunto cos grupos da oposición unha ordenanza municipal de residuos que contemple este caso, que debería ser perfectamente normal e frecuente a medida que os cidadáns se conciencien acerca dos riscos destas bombillas de uso tan extendido.
  4. Que proceda sen demora a realizar unha campaña de concienciación e educación cidadá acerca do que se debe facer en caso de rotura dunha bombilla deste tipo e da necesidade de levalas ao Punto Limpo, e que inste a outros concellos e á propia Xunta a realizaren campañas similares.

Para saber más

Actualizaciones:

Día 4 (8 de noviembre)

Mientras atendía a los medios de comunicación que asistieron a la convocatoria y antes de proceder a la entrega ante los atónitos funcionarios locales, pude comprobar gracias al grupo de la oposición Ames Novo que el pliego de condiciones que rige el funcionamiento del Punto Limpio incluye entre sus objetivos el «tratamento correcto dos residuos domésticos tóxicos evitando a súa deposición conxunta co resto dos residuos» (punto 9). Para ese tipo de residuos indica que el Punto Limpio debe contar con «colectores especiais» y que «estes residuos permanecerán no recinto habilitado para os residuos perigosos hasta (sic) o seu traslado».

Casdeiro entregando os residuos con mercurio no Concello de Ames
Foto: Ames Novo


Fotos: Ames Diario

No obstante, después de revisar en detalle este pliego (que debo matizar que no sé si es el último en vigor) veo que se trazan una serie de excepciones al manejo de residuos domésticos peligrosos y quizás fue ahí donde se agarró el encargado del Punto Limpio para negarse a recogerlo:

Non se admitirán os seguintes grupos de residuos:

(…)

Residuos especiais ou tóxicos de orixe doméstico (sic)

Non se acertarán (sic):

  • Residuos infecciosos.
  • Residuos radioactivos.
  • Residuos clínicos.
  • Residuos non identificables «in situ».
  • Residuos non incluídos nas categorías anteriores actualmente mencionadas.

Esas categorías excluyentes entiendo que son la que figuran unos párrafos antes en el texto:


Residuos especiais ou tóxicos de orixen
(sic) doméstico (sic)

  1. Aceite de locomoción.
  2. Baterías de plomo.
  3. Pilas de todo tipo.
  4. Medicamentos e fármacos.
  5. Aerosois.
  6. Radiografías.
  7. Tubos fluorescentes.
  8. Restos de pinturas e vernices.
  9. Envases metálicos contaminados.
  10. Envases plásticos contaminados.
  11. Disolventes.
  12. Trapos, papeis, brochas, etc.
  13. Filtros de aceites.
  14. Residuos eléctricos e electrónicos.
  15. Aceite doméstico.
  16. Electrodomésticos con CFC.

Obviamente ahí no figura, como debería, unha categoría de Otros residuos domésticos contaminados con mercurio, plomo y otras sustancias no infecciosas ni radiactivas como creo debería figurar. En cualquier caso, quien elabora ese listado excluyente está obligando a que todo lo que no entre ahí pero sea residuo doméstico peligroso cree una situación comprometida para el usuario o en última instancia para el ayuntamiento, que es quien por ley debe recoger todos esos residuos, no sólo los contenidos en la lista.

Por tanto lo que debe hacer este ayuntamiento —y seguramente cualquier otro— es revisar estas condiciones para las adjudicaciones de gestión de los Puntos Limpios para no excluir ningún caso de residuo doméstico peligroso, y especialmente estos —que deberían ser tan comunes si la gente conociese y siguiese los protocolos de seguridad recomendados— de objetos diversos contaminados por mercurio. También llama la atención que el caso de los termómetros de mercurio tampoco figure entre los elementos aceptados por los Puntos Limpios. Quizás el problema de partida fue definir tipos de objetos y no tipos de contaminantes, lo que facilita enormemente que queden fuera numerosos residuos ahora y en el futuro, porque ¿quién nos dice que no van a aparecer nuevos tipos de objetos-residuo peligrosos el día de mañana en nuestros hogares?

Manuel Casal Lodeiro, Barakaldo (1970). Escritor, divulgador, activista, aprendiz de labrador y de padre.

59 Comments

  1. Gracias por la respuesta, Manuel.

    Ante todo me alegro de que tu compañera esté bien y no haya tenido secuelas, la verdad es que a uno se le queda mal cuerpo cuando se informa del tema, parece que una bombilla rota sea un pequeño Fukushima doméstico.

    Respecto a los chiquillos del video… pues no sé qué les pasaría. Pero dudo de que se trate de una simple bombilla. Si te fijas, en los dos videos, aparece este caso. En el documental de La 2 vemos a los chavales sin pelo, contando lo que pasó (por cierto, me extraña eso que dicen de que se han tenido que ir de su casa porque es inhabitable; se supone que hacía ya semanas que la bombilla se rompió) y, en un momento dado, se ve que van al médico. Pues eée es el mismo médico que sale en el primer video, un tal Joachim Mutter, explicando un caso que, supongo, es el de este chico.

    El tal Joachim Mutter foma parte de una clínica de desintoxicación alemana. Aquí puedes verlo: http://www.detoxklinik.de/aerzte/

    Si lo de las bombillas fuera algo tan común (y debería serlo, porque las bombillas son algo que está en todas las casas en número considerable), supongo que habría muchos más casos y no tendrían que sacar el mismo en ambos documentales.

    ¿Qué pudo causar eso en los chavales? Ni idea, pero supongo que en todas las casas donde hay niños se rompen bombillas día sí, día no, y no sucede esto. Quiero creer, al menos. Tal vez las altas cantidades de mercurio les llegaran desde otra fuente, como en este caso que cita la Wikipedia: http://es.wikipedia.org/wiki/Envenenamiento_por_mercurio#Causas

    «La rotura de lámparas múltiples presenta una mayor preocupación. Un informe de 1987 describe a un niño de 23 meses de edad que sufrió anorexia, pérdida de peso, irritabilidad, sudoración profusa y descamación y enrojecimiento de los dedos de manos y pies. Este caso se remonta a la exposición de mercurio a partir de una caja de bombillas fluorescentes de 8 pies que se había roto en un cobertizo junto al vivero principal. Los fragmentos habían sido limpiados, pero el niño a menudo utilizaba la zona para jugar.»

    Luego, por otro lado y para no ser tan dramáticos, he leído diversos textos, uno en la web de la RSC (Royal Society of Chemistry), donde apuntan que, si bien el mercurio es altamente tóxico, la cantidad contenida en una bombilla no debería afectar al ser humano. Supongo que se basan en que una alta concentración de mercurio por m3 no es peligrosa si no hay una exposición larga.

    Por otro lado, aunque soy ingenuo, como comentas, mi comentario iba referido a que no entiendo cómo no es más popular este tema, pero ya no porque nos lo digan las autoridades, sino porque el boca-oreja haga su trabajo. En mi caso, tras lo de ayer, se lo he comentado a amigos y conocidos que, aparte de flipar y de no tener ni idea, ya se han puesto manos a la obra para deshacerse de este tipo de bombillas. Y, como poco, sabrán qué hacer en caso de que una se les rompa. Pienso publicarlo en Facebook y decírselo al que tenga a tiro. No entiendo cómo podemos tener en casa bombas, que no bombillas, de ese calibre y ni siquiera ser conscientes de ello.

    Las ventanas de mi casa siguen abiertas (llámame exagerado) y hoy he limpiado todo otra vez, palmo a palmo. Los juguetes del niño los he frotado uno a uno con toallitas húmedas. He fregado rincones de mi casa que ni sabía que existían. Pero aún así se te queda la sensación de que, en vez de vapor de mercurio, tu casa se ha llenado de ántrax, porque es así como me siento. Lees: «el vapor se deposita sobre tejidos, muebles, suelos, y se queda ahí en forma de mercurio que se evaporará emitiendo gases durante meses’, y piensas: ¿cómo limpio yo esto? ¿si friego una vez, puedo volver a fregar con el mismo mocho o está ya contaminado? Al final a uno se le va la cabeza (a mí por lo menos) y ya te digo: en vez de haber roto una simple bombilla te sientes como si pasearas por Fukushima mientras llueve ántrax.

    A ver si los días pasan y se me olvida el tema. Si por mi fuera, probablemente ni habría mirado en internet, pero al tener un bebé toda precaución es poca. Y menos mal.

    Así que nada, seguiré mi particular cruzada contra las bombillas fluocompactas y trataré de olvidarme del tema, porque realmente me ha afectado.

    PS. Vaya tela lo del formaldehido, es para hacérselo mirar. Tendemos a pensar que los médicos nos curan, o que los policías nos protegen, y aunque suele ser así, no siempre lo es.

  2. Gracias a ti de nuevo. Y me parece muy loable que continúes difundiendo esta información. Yo creo que en este caso concreto además se une un factor específico a la sensación de no-peligro: la propia administración promovió activamente la instalación de estas bombillas. ¿Recuerdas aquella campaña en la que te regalaban una que tenías que ir a buscar a Correos? Si no recuerdo mal fue un ministerio! ¿Cómo va luego la gente a tener la más mínima sospecha de que eso es algo «malo»? :-/

    En cuanto a tus precauciones en la casa suena a que has sido bastante exhaustivo, pero si te quedan dudas de fácil resolución como la de tirar el mocho y comprar otro nuevo, no dejes de hacerlo: al menos ganarás en tranquilidad de una manera sencilla.

    Y sí, lo del formaldehido he pensado en poner una queja en el hospital para que por lo menos, si realmente es necesario usarlo, que adviertan adecuadamente al personal que lo entrega a los pacientes. Yo tengo la sensación de que todo esto es también fruto de la complejidad de nuestras sociedades industrializadas, en las que es imposible que todo el mundo sepa de todo, y eso provoca de vez en cuando lagunas de información graves en determinadas áreas. Además cuando hay intereses económicos en que existan esas lagunas, ya ni te digo!

    Bueno, lo dicho: gracias por dejar tu caso reflejado en mi blog y mucha suerte y salud para toda la familia 🙂

  3. Lo que me he reído con este artículo con la tía de la bombilla. A ver, el mercurio puede ser metálico como el de los termómetros (puede hasta comerse casi sin riesgo pero hay que evitar la exposición prolongada porque se va evaporando poco a poco), el vapor de mercurio (en los fluorescentes y cfl, más tóxico al inhalarse) y el mercurio orgánico como el del atún (éste es el verdadero tóxico que hay que evitar su ingesta en menores de 12 años).
    Cuando una bombilla cfl o fluorescente se rompe, se escapa el vapor de mercurio y en unos 30 minutos con las ventanas abiertas y puertas cerradas desaparece de la habitación con nosotros fuera. Tras estos 30 minutos, podemos recoger los cristales que ya no tienen mercurio aunque sí el polvo blanco que es fósforo tóxico, echarlo en una bolsa y al contenedor de bombillas. Eso de recoger ropa de la cama y tirarla no sirve, como mucho lavarla por si hay fósforo porque como te digo en 30 minutos se ventila el vapor de mercurio.
    Las cfl aunque tengan vapor de mercurio, al gastar menos energía, evitan que más cantidad de mercurio pase a la atmósfera al quemar carbón. Se hizo un estudio y se vio que una bombilla incandescente durante su vida, al gastar más, hace que la central térmica emita más mercurio a la atmósfera al quemar carbón, que el mercurio que contiene la propia bombilla cfl si se rompiera. Además lo normal es que no se rompa y sea reciclada.
    Firmado un médico.

  4. Repito: TRAS 30 MINUTOS DE ROMPERSE UNA BOMBILLA CFL EN UNA HABITACIÓN BIEN VENTILADA, YA NO HAY MERCURIO NI EN EL SUELO NI EN EL AIRE. El polvillo blanco es fósforo que recubre los tubos por dentro y transforma los ultravioleta que produce el mercurio en luz visible. También es tóxico y hay que recogerlo para el contenedor de bombillas. LA MAYORÍA DEL MERCURIO DE NUESTRA SANGRE VIENE DEL ATUN QUE COMEMOS Y NO DE LAS CFL.

  5. Vaya, pues no me gustaría ser paciente suyo, Dr. Wyxchari, pues muestra bastante poca comprensión al «reírse» con la «tía de la bombilla». Y uno cuando firma suele dar el nombre, no un alias. Si no, no es una firma 😉

    En cuanto a los datos de que el vapor de mercurio desaparece en 30 minutos, simplemente con las ventanas abiertas… ¿a qué vendría hacerlo, si no es «el verdadero tóxico», y sólo debe preocuparnos el del atún? ¿Por qué se ha prohibido entonces en el resto de productos de consumo, si no es orgánico?

    En cuanto a que las CFL gasten menos energía ¿es teniendo en cuenta todo su ciclo de vida, incluyendo su fabricación? Y ¿qué hay de la minera de mercurio necesaria para construirlas? ¿No contamina? Ya que menciona que «se hizo un estudio» estaría bien aportarlo. Yo he procurado hacerlo en lo que he ido comentando en el artículo… Tampoco me parece comparable la emisión de mercurio a la atmósfera en las centrales (si es que es cierto lo que comenta de ese estudio no citado), que es dispersado por la atmósfera, con una dosis individual accidental como es este caso. Y no, lo normal es que las bombillas se rompan: de hecho no son irrompibles, y tarde o después se acabarán rompiendo, si no es en una casa, será en un contenedor o en un vertedero. Tampoco creo que haya un nivel de reciclaje alto como para denominaro «normal» hoy día, al menos en nuestro país. Y si piensa que lo es, habría que ver de dónde saca el dato.

  6. ¿Cómo es posible que tras 30′ no quede rastro de mercurio? Sobre todo sabiendo que se solidifica y tiende por gravedad a depositarse… Y ¿qué pasa si el vapor entra en contacto con objetos, personas o animales antes de abandonar la habitación? Es lo más normal, a no ser que la habitación esté completamente vacía y aun así, la lógica nos dice que quedaría parte depositado en el suelo y en las paredes. Animo a que las personas que lean el artículo vean el documental insertado y consulten los múltiples documentos enlazados y los documentos de las organizaciones de salud laboral y sanitarias de los diferentes países, para hacerse una idea por sí mismas del nivel de riesgo.

  7. ¿Ha buscado ya info de cómo proceder si una cfl se rompe? Le pongo uno de los miles de enlaces de internet donde se explica: http://elperello.blogspot.com.es/2010/04/que-hacer-si-se-rompe-una-bombilla-de.html

    Gracias por lo de doctor, aunque no lo soy, sólo soy licenciado en Medicina.

    Aquí tiene uno de los numerosos informes sobre que una cfl rota libera menos mercurio que una incandescente gastando más en la central térmica quemando carbón: https://www.illinoispoisoncenter.org/ipc_media/pdf/CFL.spa.pdf

    Por cierto, como bien dices, el vapor de mercurio precipita, sí, pero tras romperse una cfl, lo hace en una habitación cerrada tras semanas.

    Y reitero que me preocupa más el mercurio «natural» orgánico del pescado que lo tiene desde hace millones de años, que el mercurio inorgánico gaseoso de una cfl.

    ¿De dónde habéis sacado que el polvillo blanco de una cfl es el mercurio y al caerle encima a la «tia de la bombilla» se ha contaminado? Lo primero que hay que hacer es explicarle a la tía que para colocar o quitar las cfl de una lámpara, nunca se cogen por el tubo de cristal, porque se rompen. Es la única forma que me explico que una cfl se rompa y caigan los restos de polvillo de fósforo sobre alguien. Por cierto, el fósforo es tóxico inhalado en grandes cantidades y lo tienes en todas las cajas de cerillas.

    Y no te busco más datos. Cuando dudes sobre lo que digo busca en Google.

  8. – A ver, el vapor de mercurio dentro de las cfl, es UN GAS y como tal si se abren las ventanas de la habitación y se cierran las puertas para que no pase al resto de la casa, en 30 minutos ha desaparecido. Dura lo que dura un peo, no sé ya como explicarle.
    – Hágase a la idea de que el vapor de mercurio de una cfl rota es como si echase un insecticida en una habitación con algunas moscas, abriendo ventanas y cerrando puertas desaparece en unos 30 minutos.
    – Olvídese de la idea preconcebida de que el mercurio de una cfl es metal líquido. Dentro de las cfl hay GAS de mercurio, no hay mercurio líquido.
    – El mercurio líquido era antes tan caro que los trabajadores lo bebían y luego lo expulsaban con las heces al 100% sin provocar daño en el organismo.
    – Lo de reírme con la «tía de la bombilla» viene al caso porque la leer el artículo se presentan situaciones ridículas, preguntas a servicios médicos, toxicológicos, ambientales… los cuáles no es que no sepan responder sino que las preguntas están mal formuladas por estar llenas de suposiciones falsas.
    – Imagínese usted qué debe contestar un encargado de punto limpio cuando le dice que usted trae una sábana llena de mercurio de una cfl rota. El encargado se queda hecho polvo, no sabe si creerle y no tiene respuesta a una pregunta con datos que parten de suposiciones falsas.

  9. Hablando de suposiciones falsas… una y otra vez insiste en dar por supuesto que el vapor de mercurio se mantiene como tal a una presión normal (una vez rota la lámpara, se expone a la presión exterior, lógicamente) y que no precipita. Si así fuera no tendrían sentido recomendaciones como las de la EPA: https://www.epa.gov/cfl/cleaning-broken-cfl

    Y en cuanto a lo de beber mercurio «sin provocar daño en el organismo», parece mentira que sea médico… Le requiero para que no trasmita información falsa y PELIGROSA utilizando mi blog para ello. Me remito, por ejemplo, a una fuente tan accesible como la Wikipedia: https://es.wikipedia.org/wiki/Envenenamiento_por_mercurio

    Imagino que no da su nombre real para evitar que le denuncie alguien ante el Colegio.

    Me temo que tendré que impedir que siga usted publicando en mi blog.

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