Una asociación gallega se ha puesto en contacto conmigo para consultarme acerca del IVA en los proyectos de micromecenazgo colectivo o crowdfunding, al ver que yo he incluido una partida relativa a este impuesto en mi proyecto para una Guía de Internet en Verkami. Voy a tratar de resolver sus dudas en la medida de mis conocimientos sobre la cuestión, haciéndolo por medio de este blog y en castellano para que llegue a más personas que puedan tener dudas similares, advirtiendo que tan solo expongo mi experiencia pero que no soy asesor fiscal 😉 Estos compañeros preguntaban lo siguiente:
Xa vin no desagregamento do teu proxecto que reservas un 4% para o IVE de Facenda e quería preguntarche que é o que sabes sobre as retencións de IVE que se poden aplicar aos proxectos de micromecenado. Nós somos unha asociación sen ánimo de lucro e non sei se podemos aplicar tamén ese 4%, menos ou máis pòrcentaxe. Agradeceríache que me contes brevemente que é o que sabes sobre isto ou se me podes orientar (…)
En principio lo del ánimo de lucro o no, no tiene relevancia con respecto al tipo impositivo de IVA. En este caso veis el 4% porque se trata de libros, pero cuando una asociación vende un libro su precio debe incluir el 4% de IVA igual que si lo vende una empresa, a menos que tenga reconocida la exención de IVA, para lo cual existe un procedimiento que deberíais consultar con Hacienda.
Por otro lado comentáis que he incluido ese 4% de IVA en el presupuesto de mi proyecto, pero esto no es ninguna retención. Simplemente, como el montante total del dinero que se reciba será en concepto de venta de libros a efectos fiscales, a cada persona se entiende que se le está a cobrar un PVP que incluye ese 4% de IVA. Por tanto entre los costes he considerado que debo incluir ese impuesto, pues de lo contrario tendríamos esta situación (usaré cifras simplificadas que no son las de mi proyecto, para facilitar la comprensión del cálculo): imaginemos que pedimos 1.000 euros para publicar un libro y que obtenemos 100 personas que lo apoyan con 10 euros. bien, esos 10 euros serían fiscalmente equivalentes a la venta de un libro, y por tanto se desglosaría el PVP de 10 euros en 9,615 euros de precio neto + el 4% de IVA sobre ese precio que serían los 0,385 euros que después tendríamos que declarar a Haciendo e ingresarles (o descontar del IVA que nos repercuta a nosotros la imprenta y otros proveedores, en la declaración trimestral). Si no hemos tenido en cuenta ese coste en nuestros 1.000 euros y son simplemente el coste de la imprenta (excluyo otros gastos por simplificar), tendremos un problema, puesto que a la imprenta tendremos que pagarles 1.000 euros pero a Hacienda 40 euros ten total. Y ¿de dónde los sacaremos si sólo hemos recaudado en total 1.000? Así, los cálculos mejor planteados tendrían ese IVA en cuenta y pondrían como total por conseguir los 1.040 euros, con lo cual el precio de venta (o aportación individual en el crowdfunding) sería de 10,40 euros, o sea, 10 euros + 0,40 de IVA que irían de cada libro, para Hacienda. Esto, por supuesto, es una simplificación, puesto que en realidad tendríamos que haber tenido en cuenta que a la imprenta había que pagarle 1.000 + 21% es decir 1.210 euros. Al hacer la declaración de IVA nos saldría: IVA soportado = 210 e IVA repercutido = 40 euros, con lo cual no tendríamos que ingresar nada, porque hemos tenido que pagar a nuestros proveedores más IVA del que hemos ingresado de nuestros compradores. Por eso, si en los cálculos de costes estamos incluyendo el IVA que soportaremos en cada una de las partidas, también deberíamos incluir el IVA que tendremos que ingresar en Hacienda y que saldrá de lo que ponga cada persoa o entidad que apoye el proyecto (este ha sido mi caso). Esto implica también que deberíamos hacerles una factura a cada uno de ellos. Claro que estoy partiendo de que las recompensas pueden entenderse como venta de servicios o productos: si no es el caso, habría que analizar si se considera una donación, p.ej.
Espero que esto haya aclarado la duda de esta asociación y de otras personas que estén pensando en su primer proyecto en una plataforma de crowdfunding. ¡Suerte a todos!
PS: Quisera añadir algunas explicaciones de la propia gente de Verkami al respecto del IVA aplicable:
los ingresos conseguidos con crowdfunding no tienen ninguna diferencia con los obtenidos de cualquier otro modo. Son considerados ingresos por actividad. Hay que pensar en declaración de iva, y todos los impuestos que corresponda.
Nosotros somos meros intermediarios. Os facturamos por nuestros servicios. Pero el dinero de la gente va de la gente a vosotros.
Con estos datos, creemos que lo mejor es que cada cual consulte con su gestor, ya que cada caso es diferente, tanto por el tipo de proyecto, como en que se va a gastar lo recaudado, como por el tipo de entidad fiscal que sea (autónomo, particular, s.a., fundación,….)
Se me pasaba añadir que Verkami tiene información al respecto en su FAQ para creadores:
No se si es también por simplificación, pero aplicas mal los porcentajes. Si quieres sumar el 21% de iva para poder acabar con 1000 tras lo que se lleva hacienda, no tienes que cobrar 1210€, sino 1266€.
La fórmula para obtener la cantidad que debes cobrar es: cantidad_que_necesito / ( 1 – iva )
En nuestro caso se aplicaría 1000 / 0,79 = 1265,82 €
Ojo con las mates del cole!!!
Creo que no has entendido mis cálculos. Cuando hablaba de 1000 + 21% = 1210 me refería a lo que nos cobra a nosotros la imprenta.
[…] (Entrada publicada previamente en el blog Textos de Casdeiro.) […]
Perdón, pero creo que el que se anda liando eres tú Alex Barros…
cantidad_que_necesito * (1+iva)
… esa está bien
Hola Manuel,
Llegué a tu blog buscando información sobre fiscalidad y crowdfunding. Creo que después de leerte lo he entendido finalmente, pero necesito confirmarlo antes de lanzar mi campaña, para no llevarme un sorpresa al final cuando ya no lo puedo solucionar.
Te doy los detalles de mi caso:
Mi proyecto es un libro, soy autónoma y he añadido el epígrafe de edición de libros, mi pregunta es, ¿en la factura que tendría que hacerle a Verkami el IVA sería del 4% o del 21%? Es que esa diferencia es un mundo, sobre todo teniendo en cuenta que también deberé tener en cuenta la retención por beneficios.
Agradezco tu respuesta. Un cordial saludo.
¿Hacerle factura a Verkami? ¿En concepto de qué? Son ellos los que te emitirán una factura a ti por los servicios de crowdfunding (intermediación).